Términos y condiciones

Es importante que usted lea y entienda todo el contrato antes de firmarlo. Al firmar está aceptando los términos y condiciones de todas y cada una de las páginas que incluye el contrato. La empresa de alquiler de vehículos sin conductor (“Arrendador”) identificada en el contrato reseñado, y la/s persona/s física/s que aparece/n como contratantes en su condición de conductor/es y/ o pagador/es, en su propio nombre y/o en el de la sociedad también identificada en dicho contrato en la condición de Arrendatarios Solidarios («el Arrendatario»), convienen el alquiler del vehículo identificado en el contrato, («el Vehículo»), de conformidad con las condiciones contenidas en el contrato reseñado, en este documento anexo al mismo, y en la tarifa general vigente, publicada tanto en la Delegación alquiladora como en la web www.furgospaco.es y/o www.pacocars.es  El presente contrato se rige por los términos y condiciones reflejados en el mismo. El Arrendatario declara haber leído y entendido estas condiciones y acepta con su firma los términos y condiciones del presente contrato. El Arrendatario recibe en alquiler el Vehículo en condiciones aptas para circular y adecuadas para el alquiler en el inicio de la relación contractual y se compromete a conservarlo y conducirlo según las normas del Código de Circulación y del país por el que circule. Junto con el Vehículo se entrega copia compulsada de la documentación original del Vehículo o justificante de gestoría, el contrato de alquiler con sus términos y condiciones, y un juego de llaves.

  1. Utilización del Vehículo:

El Arrendatario está obligado a conservar el Vehículo hasta la entrega y recepción del mismo con la diligencia exigida en el artículo 1904 del vigente Código Civil español, y a llevar siempre su ejemplar del contrato de alquiler vigente a bordo del Vehículo. Asimismo, se compromete a utilizarlo y conducirlo cumpliendo con las normas del Código de Circulación vigentes en el lugar y en el momento de prestación del servicio y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo arrendado. El Vehículo solamente podrá ser utilizado en carreteras públicas, y queda expresamente prohibido:

  • Conducir el Vehículo por personas no autorizadas en el anverso.
  • Utilizarse el Vehículo por persona que no disponga carnet de conducir válido y hábil para circular por territorio español, y para el tipo de vehículo arrendado, aunque sus datos consten como conductor autorizado en el contrato, ni por cualquier persona menor de 19 años.
  • Transportar personas o mercaderías, cuando ello implique el subarriendo del Vehículo.
  • Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa exigida por el ordenamiento jurídico. Se prohíbe el transporte de mercancías que requiera condiciones especiales según legislación y para las que el Vehículo arrendado no esté preparado como ATP, ADR, etc. En caso de incumplimiento, el Arrendatario será responsable de las sanciones que la Administración pudiera imponer al Arrendador.
  • Conducir el Vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por el alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
  • Utilizar el Vehículo para empujar o remolcar otros vehículos incluidos los remolques, salvo que se de autorización por el Arrendador.
  • Participar con el Vehículo en carreras, concursos deportivos, pruebas de fiabilidad o desafíos de cualquier naturaleza o para enseñar a conducir.
  • Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del Vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al Arrendador cualquier avería del mismo.
  • Transitar fuera de la red vial nacional o conducir fuera de las vías pavimentadas. Cualquier siniestro que se produzca por este motivo será de cuenta exclusiva del Arrendatario.
  • No detener el Vehículo lo antes posible cuando se ilumine o suene cualquier testigo o alarma que indique anomalía en el funcionamiento del mismo o se detecte ésta por el Arrendatario, debiendo en estos supuestos contactar de forma inmediata con el Arrendador para que éste disponga lo conveniente o con la compañía de asistencia del seguro de Vehículo. No se abonará ninguna reparación o asistencia sin previa autorización del Arrendador.
  • Conducir el Vehículo a otro país sin haberlo comunicado al Arrendador y obtenido su autorización expresa para ello en el momento de formalizar el contrato o, posteriormente sin que el Arrendador otorgue su consentimiento por cualquier medio y debiendo quedar constancia del mismo. Queda prohibido realizar traslado entre islas, y a Ceuta y Melilla.
  • Realizar una conducción deportiva extrema o exigente que quede reflejada en los mecanismos de control con el que vaya equipado el coche o que origine desgaste prematuro y anómalo de elementos del vehículo que no se corresponda con los kilómetros realizados y que tengan su origen en un exceso de exigencia por parte del Arrendatario.
  • Variar cualquier característica técnica del Vehículo, las llaves, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del mismo.
  • Hipotecar, ceder, alquilar, pignorar, vender o dar en garantía: el Vehículo, el contrato de alquiler, las llaves, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o los accesorios del Vehículo y/o cualquier parte o pieza del mismo.
  • Transportar niños menores de tres años o personas mayores de tres años que no superen una altura de 135 centímetros sin utilizar el correspondiente dispositivo de retención homologado de acuerdo con el peso y la talla del niño o persona que deba utilizarlo.
  • Sólo el Arrendador tiene el derecho y la responsabilidad de reparación del Vehículo y sus accesorios y salvo autorización expresa de éste quedan prohibidas las reparaciones realizadas por el Arrendatario o un tercero.

2.- Responsabilidad y cuidado del Vehículo:

El Arrendatario deberá:

  • Inspeccionar el Vehículo antes de tomar posesión de él.
  • Tener el Vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no se utilice.
  • Mantenerlo conforme lo requiera la situación geográfica en la que se encuentre en Vehículo.
  • Dejar de utilizar el Vehículo y ponerse en contacto con el Arrendador de forma inmediata ante cualquier fallo o avería que detecte.
  • Comprobar que no ha dejado pertenencia alguna en el Vehículo antes de devolverlo, pues el Arrendador no se hace cargo de su posterior devolución.
  • Devolver el Vehículo en horario de apertura de la oficina arrendadora, junto con todos sus documentos, llaves, neumáticos, herramientas y accesorios, en el lugar y fecha estipulados en el contrato. Cualquier daño, pérdida, robo del Vehículo o de sus accesorios opcionales será responsabilidad del Arrendatario hasta la inspección y comprobación del estado del Vehículo por el personal del Arrendador.
  • La sustitución del vehículo, sólo se producirá en el supuesto de avería o accidente sin mediar culpabilidad o imprudencia del arrendatario. La cobertura de vehículo de sustitución se hará en plazo de las siguientes 48 horas y sólo se llevará a cabo con vehículos que se encuentren dentro de la Península.

3.- Pagos y cargos derivados del alquiler:

El precio del alquiler es el expresado en el contrato de alquiler y está establecido en función de la tarifa general vigente en lo referente a servicios, impuestos, seguros y/o exenciones opcionales, y por el precio pactado con el Arrendatario en el momento de realizarse el alquiler según la tarifa seleccionada. La duración del alquiler es la pactada en el contrato, y se facturará en base a periodos de 24 horas, contados desde la hora en que éste se hubiera formalizado. Existe un periodo de cortesía de 30 minutos, pasado el cual se realizará un cargo adicional, durante las primeras 24 horas, de un día más de alquiler al precio de la Tarifa General en vigor. Trascurridas 24 horas de demora en la devolución del Vehículo, el cargo se realizará por los días que transcurran hasta la entrega efectiva del Vehículo. En el caso de alquileres renovables con periodicidad mensual, el Arrendatario queda obligado a comparecer en la oficina alquiladora el último día de contrato para que el arrendador pueda efectuar el cierre del mismo liquidando todos los conceptos contratados. La citada comparecencia en la oficina podrá ser sustituida por el envío del nuevo contrato firmado a través de correo electrónico, siempre que se liquiden todos los conceptos contratados. En los alquileres renovables deberá revisarse regularmente los niveles de líquidos y aceite, y permitir las inspecciones de seguridad o revisiones que sean procedentes y conformes a las inspecciones de uso del tipo de vehículo. Estas revisiones deberán realizarse por los talleres autorizados por el Arrendador, respondiendo el Arrendatario de cualquier perjuicio que se derive de la incorrecta reposición de los niveles de líquido del motor del vehículo arrendado. En estos alquileres será obligación del Arrendatario respetar la limitación de kilometraje máximo realizable y comunicar este al Arrendador. Todas las personas identificadas en el contrato de alquiler responderán solidariamente del pago de cualquier cantidad debida derivada del contrato. El Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:

  • Los cargos por el alquiler del tipo de vehículo presupuestado según las tarifas vigentes del Arrendador y precio pactado en el contrato de alquiler.
  • Los servicios extras que contratara o utilizara a abonar según las tarifas vigentes del Arrendador publicada tanto en la Delegación alquiladora como en la web www.furgospaco.es
  • Se establece un depósito o fianza a retener al Arrendatario al inicio del contrato y a devolver en el momento de la recepción del Vehículo y tras verificar tanto el correcto estado interior y exterior del mismo de forma que se corresponda con el estado de la entrega, como el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato. El importe del depósito o fianza será el determinado al dorso del contrato para cada tipo de vehículo alquilado.
  • La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del Vehículo se realice en la fecha y lugar previstos.
  • En caso de que el Arrendatario quisiera disfrutar del Vehículo por tiempo superior al pactado, se compromete a obtener expresa autorización escrita del Arrendador pagando anticipadamente el importe correspondiente a la prolongación del alquiler.
  • Los cargos ocasionados por la pérdida de la documentación del Vehículo, así como la pérdida de neumáticos, herramientas, y accesorios, incluido daños en llantas y neumáticos por culpa o negligencia del cliente.
  • Los costes de reparación de los daños causados al Vehículo, en caso de accidente, cuando concurran las siguientes circunstancias:
    1. Que el Vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas.
    2. Que el parte de accidente no hubiera sido cumplimentado en el plazo señalado o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos.
  • Las multas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o infracción de las leyes, reglamentos u ordenanzas, por parte del Arrendatario.  El arrendatario satisfará y será responsable como si fuera propietario del Vehículo frente a las multas o sanciones que los órganos administrativos impongan por uso y estado del Vehículo en los casos en que le sea imputable. El Arrendatario deberá restituir al Arrendador los importes, recargos o intereses de cualquier tipo que esté obligado  a abonar por razón de las multas o sanciones impuestas como propietario del Vehículo, además de un cargo administrativo por gestión de cualquier multa o sanción que reciba el propietario.
  • En caso de repostaje equivocado, el cliente pagará todos los gastos ocasionados (grúa, vaciado de depósito, etc.).
  • En caso de daños o deterioro no vinculado al desgaste habitual por uso en elementos no cubiertos por el seguro y ocasionados por mal uso, descuido o negligencia del Arrendatario, éste pagará todos los gastos ocasionados.
  • Limpieza excepcional o reparación de tapicerías, cromados o paneles interiores por efecto de marcas, roturas, degradación o manchas que produzcan deterioro o necesidad de reparación estética, sustitución o tratamiento de limpieza excepcional en elementos del vehículo cuyo origen sea imputable al uso realizado por el arrendatario. El coste de esta limpieza se regirá según lo establecido en la tarifa de cargos adicionales, publicada tanto en la Delegación alquiladora como en la web www.furgospaco.es y/o www.pacocars.es
  • De necesitar sustitución de algún elemento por imposibilidad de eliminar o limpiar el deterioro, el Arrendatario pagará el precio estipulado según la tarifa de precios del Servicio Oficial de la marca ó recambista especializado.
  • Todas las tarifas publicitadas están sujetas a cambios sin previo aviso. Las ofertas especiales pueden darse de baja en cualquier momento. El Arrendatario mediante la firma del presente contrato autoriza al Arrendador a realizar los cargos en su tarjeta de crédito de cuantos importes se hubiera acordado realizar o quedaran pendientes a la finalización del contrato por pago de alquiler, daños ocasionados al Vehículo no cubiertos por el seguro suscrito, o cualquier otro concepto imputable al Arrendatario, haciéndole constar el desglose de los cargos.
  • El vehículo deberá devolverse con la misma cantidad de combustible entregada. De lo contrario se efectuará un cargo por el combustible faltante. Además de un cargo adicional en concepto de repostaje de 12€.
  • PACO RENTAL SERVICES también podrá hacer cargos, con relación a incidentes que puedan haberse producido durante el Periodo de Alquiler y/o con relación al uso del Vehículo, que no sean satisfechos por el seguro.

Los precios (IVA incluido) de estos cargos y costes se especifican en el documento denominado TARIFAS que se le enviará adjunto a su correo electrónico de confirmación de reserva (si dicha reserva  realizó online) y que estará a su disposición en cualquier oficina de PACO RENTAL SERVICES y en todo caso en el apartado de Términos y condiciones de nuestra web www.furgospaco.es www.pacocars.es

Política de cancelación de reserva:

Conforme a lo establecido por la normativa de Consumo en la UE se le informa que el cliente no tiene derecho de desistimiento en la reserva o contratación de vehículos que formalice. No obstante, tanto si se ha realizado la reserva mediante la página web como si se ha hecho telefónica o presencialmente en sus distintas Delegaciones, PACO RENTAL SERVICES le permite cancelar su reserva por el mismo medio utilizado para contratarla. En ese supuesto le reembolsaremos la totalidad del importe abonado si la cancelación se produce 24h antes de la hora de recogida del vehículo. En caso que la cancelación se produce en las 24h anteriores a la recogida del vehículo no se abonará los importes ya pagados. En caso de cancelaciones de reservas de varios días, el cliente sólo deberá abonar el primer día de alquiler. El reembolso se efectuará en la misma forma de pago realizada. Tenga en cuenta que la modificación de su reserva puede implicar cambios en el precio de su alquiler, dado que esta se efectuará conforme a las tarifas/ofertas publicadas vigentes y que deberá utilizar como canal de comunicación el envío de un correo electrónico a info@furgospaco.es, o bien deberá ponerse en contacto con la oficina alquiladora de recogida del vehículo con objeto de modificar su reserva. En todo caso, la modificación de reserva está sujeta a disponibilidad del vehículo y horario de la Delegación alquiladora del vehículo

Prohibición de Cesión

El cliente no podrá transmitir sus derechos u obligaciones de reserva conforme estos Términos y Condiciones. El contrato de reserva se celebra entre el cliente registrado en la reserva y PACO RENTAL SERVICES S.L. PACO RENTAL SERVICES S.L se reserva el derecho a cancelar en cualquier momento una reserva en situaciones de Fuerza Mayor. PACO RENTAL SERVICES S.L se reserva el derecho a cancelar en caso de incumplimiento del contrato de alquiler por el cliente, incumplimiento entre el que se incluye la falta de pago de cualquier importe debido por anteriores alquileres realizados en los que pueda haber intervenido el cliente que haya reservado, el mismo arrendatario y/o conductor del vehículo que hayan sido parte del contrato de alquiler firmado. También se reserva el derecho a cancelar ante cualquier comportamiento arbitrario o ilícito hacia los trabajadores de cualquiera de las Delegaciones Alquiladoras de las de sus sociedades franquiciadas o bien por actividad fraudulenta o ilegal cometida con uno de los vehículos.

5.- Seguros:

Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del Vehículo y del complementario de responsabilidad con garantías ilimitadas por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso y circulación del Vehículo. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguro y quedan sujetas a lo pactado en el condicionado general y particular de la misma, y a lo regulado en la legislación vigente. Mediante la firma del contrato de alquiler, el Arrendatario se adhiere como asegurado a la mencionada póliza de la cual existe una copia en la sede social del Arrendador, que puede ser consultada por el Arrendatario. Cualquier conductor adicional está sujeto a los términos y condiciones y limitaciones de nuestra póliza. Esta póliza no cubre los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos transportados en el vehículo, ni la pérdida total o parcial ni daños sufridos en el Vehículo por robo, vandalismo y/o accidente de circulación.  En caso de daños al vehículo sin responsabilidad del contrario el arrendatario deberá abonar la franquicia estipulada en el contrato.. En caso de robo del vehículo se deberá abonar el importe de la  franquicia.  El Arrendatario acepta ayudar y cooperar con nuestra aseguradora en caso de reclamación de un tercero. Asimismo acepta la responsabilidad por cualquier incumplimiento de informar lo antes posible sobre reclamaciones de terceros. Ante cualquier fraude o incumplimiento de los términos y condiciones de nuestra póliza o ante cualquier incumplimiento generado por un mal uso del vehículo que invalide la cobertura que proporciona nuestra póliza de responsabilidad civil, el cliente será responsable a título personal de los daños que se generen.

6.- Responsabilidad por daños, pérdida o sustracción del Vehículo:

El arrendatario acepta la responsabilidad por daños, pérdida o robo del vehículo durante la vigencia del contrato de arrendamiento. En caso de robo del Vehículo deberá informar sobre los hechos denunciados a la oficina de alquiler, entregando el original de la denuncia policial antes de 24 horas desde su formalización, salvo situaciones de fuerza mayor, y en todo caso antes de finalizar el período de arrendamiento pactado, junto con las llaves originales del Vehículo de alquiler, otorgándose al Arrendador el derecho a resolver el contrato, así como a reclamarle la devolución inmediata del Vehículo. Se le requerirá el pago inmediato de la totalidad de la deuda que se halle pendiente independientemente de los términos de pago que hubieran sido acordados previamente.

El Arrendatario deberá hacer frente al valor del mercado del coche sustraído e indemnizar al Arrendador en concepto de lucro cesante y daño emergente que incluirá costes legales, grúas, peritajes, etc.

El siniestro o el robo del Vehículo no conlleva la obligación del Arrendador de poner a disposición del arrendatario un vehículo de sustitución.

7.- Accidente:

En caso de accidente el Arrendatario se compromete a:

  • No abandonar el Vehículo alquilado sin tomar medidas adecuadas para protegerle.
  • No admitir frente a terceros la responsabilidad en caso de accidente.
  • Comunicar antes de 7 días el accidente al Arrendatario utilizando el Parte Europeo de Accidentes.
  • Obtener los datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentando un parte de accidente, que remitirá al arrendador, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo.
  • Recopilar los nombres y direcciones de los implicados en el accidente y comunicárselos al Arrendador. Si el contrario se negara a firmar, el arrendatario deberá solicitar la presencia in situ policial para el esclarecimiento de los hechos, de lo contrario se considerará al Arrendatario como responsable del accidente, salvo prueba en contrario aportada.
  • Prestar asistencia tanto al Arrendador como a la aseguradora en cualquier procedimiento legal.
  • En caso de recibir el arrendador reclamación de contrario si el arrendatario no presenta parte de accidentes o declaración de inexistencia del mismo firmada, deberá abonar la tarifa de cargos adicionales aprobada y publicada tanto en la Delegación alquiladora como en la web www.furgospaco.com.
  • El conductor del vehículo será responsable de los daños siempre que no pruebe que fueron debidos a la culpa exclusiva del perjudicado o a la fuerza mayor ajena a la conducción o al funcionamiento del vehículo.

8.- Resolución de contrato:

Las partes tendrán derecho a resolver el contrato de concurrir causa legal para ello. El Arrendador tendrá derecho a resolver el contrato con efectos inmediatos, en el caso de que el Arrendatario incurra en mora que se producirá el día siguiente del vencimiento de la obligación de pago correspondiente, sin que sea necesario requerimiento alguno.

Tendrán la consideración de causa justa para resolver el contrato:

  • Utilización del Vehículo no adecuada a su destino o que cause daños al mismo de forma dolosa o gravemente negligente, inclusive la falta de mantenimiento o revisiones cuando viniera obligado a ello.
  • Los costes producidos por devolución de recibos, cheques, pagarés, giros, cargos en tarjeta de crédito, salvo que el Arrendatario proceda al pago en el plazo de siete días, o el incumplimiento de las condiciones de pago previamente acordada por el arrendador.
  • Incumplimiento de cualquiera de las condiciones previstas en el presente contrato.
  • En caso de una elevada siniestralidad.

En todo caso, el Arrendador tendrá derecho, al resolver el contrato y a retirar el Vehículo allí donde se hallare. En caso de resolución del contrato, vendrá el Arrendatario obligado a la inmediata devolución del vehículo, llaves, la documentación y los accesorios.  En caso de resolución contractual podrán las partes reclamarse mutuamente los daños y perjuicios que la misma le haya ocasionado, lo que incluye no solo el daño emergente, sino también el lucro cesante por la falta de disponibilidad del Vehículo.

9.- Reclamaciones:

Podrán presentarse por escrito en el domicilio social de la arrendadora que consta en el contrato o en la dirección de correo info@furgospaco.es En cumplimiento de la Ley 7/2017 se informa que el arrendador NO está adherido al Sistema Arbitral de Consumo ni ofrece convenios puntuales de adhesión para la resolución de reclamaciones.

10-Legislación:

El presente contrato se formaliza y suscribe en castellano y se rige por la normativa y jurisdicción española. No obstante, el arrendador comunica al arrendatario abajo firmante, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación del Transporte Terrestre, con carácter previo a la iniciación del servicio, su voluntad expresa de NO sometimiento a las Juntas Arbitrales de Transporte. Para cualquier discrepancia controversia que surja como consecuencia el presente contrato, las partes se someten expresamente a los tribunales de jurisdicción que corresponda en cada caso, del lugar de celebración del contrato.